Los
fundamentos del Judaísmo
La gran obra de Maimónides
Capítulo
Quinto
[1]
Toda la nación de Israel está encomendada
a santificar el magno Nombre de El Eterno, como se declara:
"He de ser santificado dentro de los hijos de Israel"
(Levítico 22:32).
Del
mismo modo están advertidos de no profanarlo, así
como se declara: "No profanarán mi Nombre santo"
(Levítico 22:32).
¿Cómo
se lleva esto a la práctica? Cuando un gentil intenta
presionar a un miembro de Israel a transgredir uno de los
preceptos dictaminados en la Torá y si no, lo ha
de matar, debe transgredir y no dejarse asesinar, como se
declara sobre los preceptos: "El hombre ha de cumplirlos
y vivirá en ellos" (Levítico 18:5). "Vivirá
en ellos", es decir, que no muera por ellos. Si muere
y no transgrede, esta persona es culpable. (*)
(*)
Es culpable y deberá rendir cuentas por el hecho
de haber puesto en peligro su vida sin estar obligado a
ello. Maimónides sostiene que la expresión
"que transgreda y que no se deje matar" expresada
por los sabios se refiere a que está obligado a "transgredir",
para que no sea asesinado. No obstante, Baalei HaTosafot
(Cf. Abodá Zará 27b) discrepan con él
y sostienen que si es asesinado y no transgrede, se le considera
como una buena acción y según su opinión
"que transgreda y que no se deje matar" es algo
voluntario y no una obligación.
[2]
¿A qué tema nos referimos? Al resto de los
preceptos, fuera de la prohibición de la idolatría,
del adulterio y del asesinato; pero si en estos tres pecados
le dicen: "¡comete algunos de estos pecados o
de lo contrario serás matado!", deberá
dejarse matar y no cometerlos. ¿A qué situación
nos referimos? Cuando los gentiles lo obligan a cometer
pecados por puro placer, por ejemplo, que le obligue a construir
su casa en Shabat, o cocinarle algún guiso, o si
el gentil violó a una mujer (soltera), etc. Pero
si tiene intención de hacerlo pecar únicamente
para que transgreda la Torá: si estaban ambos solos,
y no había allí un quórum (diez) de
Israel, debe trasgredir y no dejarse matar; pero si lo obliga
a transgredir delante de un quórum (diez de Israel),
debe dejarse matar y no transgredir. Incluso que pretenda
hacerlo transgredir alguno del resto de los preceptos.
[3]
Todo lo anterior rige no en situaciones de persecución
religiosa -Shaat hashmad-, pero durante persecuciones religiosas,
es decir, que algún gobernante impío como
Nabucodonosor y su secuaces decrete leyes sobre Israel para
hacerlos transgredir la Torá, incluso por alguno
del resto de los preceptos debe dejarse matar y no transgredir,
tanto que lo obliguen delante de un quórum o a solas.
[4]
Sobre todo el que fue declarado "¡que transgreda
y que no se deje matar!", y finalmente fue matado y
no transgredió, esta persona es culpable. Y sobre
todo el que fue dicho "¡que se deje matar y que
no transgreda!", y finalmente es matado y no transgrede,
esta persona santificó el Nombre de El Eterno. Y
si esto lo realiza delante de un quórum, esta persona
santificó el Nombre de El Eterno en público
como Daniel, Jananiá, Mishael y Azariá y como
Rabí Akibá y sus compañeros. Nos referimos
a los diez mártires asesinados por el Imperio romano,
cuyo nivel no ha sido superado y sobre ellos se ha declarado:
"Por ti hemos sido asesinados todo este día,
hemos sido considerados como rebaño de matadero"
(Salmos 43:23). Además sobre ellos se ha dicho: "Reúnanse
mis piadosos, aquellos que hicieron un pacto conmigo al
sacrificarse" (Salmos 50:5).
Sobre
todo el que fue dicho "¡que debe dejarse matar
y no transgredir!" y transgrede y no se deja matar,
esta persona profana el Nombre de El Eterno, y si estaba
delante de un quórum, esta persona ha profanado el
Nombre de El Eterno en público, y anuló un
precepto afirmativo, es decir, "santificar el Nombre
de El Eterno"; además transgredió un
precepto prohibitivo, es decir, "profanar el Nombre
de El Eterno". A pesar de todo, como transgredió
obligado, no recibe flagelación. No es necesario
agregar que el tribunal no lo mata, incluso que haya asesinado
obligado, ya que solamente se castiga con flagelación
o pena capital cuando se transgrede voluntariamente, con
testigos y advertencia, tal como se declara sobre aquel
que entregó a su hijo a Molej: "Pondré
yo mi ira contra aquel hombre" (Levítico 20:5).
Y
se ha estudiado por tradición oral (*) que el término
"aquel" significa que el castigo no recae sobre
una persona obligada, o sobre uno que transgredió
inadvertidamente o sobre uno que se equivocó. Del
mismo modo que con la idolatría que es un pecado
más grave que todos, quien la practica obligado no
recibe castigo de escisión (Karet), y no es necesario
decir que no recibe de parte del tribunal la pena capital,
y tanto más con respecto al resto de los preceptos
mencionados en la Torá.
Con
respecto a la prostitución se declara: "A la
muchacha no harás nada..." (Deuteronomio 22:26)
(Pero si el puede salvarse de este gobernador impío
y escaparse y de este modo no transgredir y no lo hace,
esta persona se denomina como un "perro que vuelve
a su vómito" [cf. Proverbios 26:11] y se llama
idólatra voluntario (**), y es expulsado del mundo
por venir y baja al nivel inferior del Guehenom, el Infierno).
(*)
Tradición oral es un término técnico
que utiliza Maimónides
para definir una ley que recibieron los sabios desde el
Sinaí y que tiene apoyo en los pasajes bíblicos;
a diferencia de "tradición" que es una
ley que no tiene apoyo en los mismos.
(**) La fuente de Maimónides la encontramos en el
Talmud de Babilonia, Tratado de Ketubot 51b (Cf. Beur HaGrá,
Shulján Aruj, Ioré Deá 157, nota 19-20).
Rabí Moisés Isserlish en su addenda al Shulján
Aruj loc. cit., establece la ley de este mismo modo. Por
lo tanto, si una persona es obligada a realizar alguno de
los tres pecados capitales y no se deja asesinar, a pesar
que profanó el Nombre divino es considerado como
alguien obligado a la fuerza y está exento de castigo,
pero bajo la condición que no podía escaparse.
Pero si pudiera haberse escapado y no lo hace recibe la
definición de pecador voluntario.
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